Delitos de servidores Públicos
- Ejercicio ilícito de servicio público
- Tráfico de influencias
- Abuso de Autoridad
- Cohecho
- Coalición de Servidores Públicos
- Peculado
- Uso indebido de atribuciones
- Cohecho a servidores extranjeros
- Concusión
- Enriquecimiento ilícito
- Intimidación
- Ejercicio abusivo de funciones
- Ejercicio Indebido en la Administración de la Justicia
1. Ejercicio ilícito de servicio público
El ejercicio ilícito de servicio público es un delito que castiga el artículo 214 del Código Penal Federal, cuando el servidor público ejerce un cargo sin haber tomado posesión legítima, ni satisfecho todos los requisitos legales. El que continúe ejerciendo las funciones de un cargo después de saber que su nombramiento ha sido revocado. El que por sí o por terceros sustraiga, destruya, oculte, utilice, o inutilice ilícitamente información o documentación que se encuentre bajo su custodia o a la cual tenga acceso, o de la que tenga conocimiento en virtud de su cargo. Quien propicie daño a las personas, o a los lugares, instalaciones u objetos, o pérdida o sustracción de objetos que se encuentren bajo su cuidado (mexico.justia.com).
2. Tráfico de influencias
Comete el delito de tráfico de influencia el servidor público que por sí o por interpósita persona promueva o gestione la tramitación o resolución ilícita de negocios públicos ajenos a las responsabilidades inherentes a su empleo, cargo o comisión, penado por el artículo 221 del Código Penal Federal; quien promueva la conducta ilícita del servidor público; quien indebidamente solicite o promueva cualquier resolución que produzca beneficios económicos.
3. Abuso de Autoridad
Cometen el delito de abuso de autoridad, que castiga el Artículo 215 del Código Penal Federal, los servidores públicos que para impedir la ejecución de una ley, el cobro de un impuesto o el cumplimiento de una resolución judicial, pida auxilio a la fuerza pública o la emplee con ese objeto; quien ejerciendo sus funciones o con motivo de ellas hiciere violencia a una persona sin causa legítima. Cuando el encargado o elemento de una fuerza pública, requerido legalmente por una autoridad competente para que le preste auxilio, se niegue a dárselo lo retrase injustificadamente. La misma previsión se aplicará a los peritos.
4. Cohecho
El cohecho también es conocido como soborno, en el ámbito del derecho es un delito que consiste en sobornar a una autoridad o funcionario público mediante la solicitud de una dádiva a cambio de realizar u omitir un acto inherente a su cargo. (Wikipedia ) Le llamamos mordida.
5. Coalición de Servidores Públicos
Cometen el delito de coalición de servidores públicos, y lo castiga el Artículo 216 del Código Penal federal, los que teniendo tal carácter se coaliguen para tomar medidas contrarias a una ley o reglamento, impedir su ejecución o para hacer dimisión de sus puestos con el fin de impedir o suspender la administración pública en cualquiera de sus ramas. No cometen este delito los trabajadores que se coaliguen en ejercicio de sus derechos constitucionales o que hagan uso del derecho de huelga.
6. Peculado
En Derecho, el peculado o la malversación de caudales públicos es un delito consistente en la apropiación indebida del dinero perteneciente al Estado por parte de las personas que se encargan de su control y custodia. También se conoce como desvío de recursos. (Wikipedia)
7. Uso indebido de atribuciones
Comete este delito quien otorgue concesiones o licencias de forma indebida, exenciones, deducciones, subsidios sobre impuestos, derechos, productos, aprovechamientos o aportaciones y cuotas de seguridad social, en general sobre los ingresos fiscales, y sobre precios y tarifas de los bienes y servicios producidos o prestados en la Administración Pública Federal; realice o contrate obras públicas, deuda, adquisiciones, arrendamientos, enajenaciones de bienes o servicios, o colocaciones de fondos y valores con recursos económicos públicos (mexico.justia.com).
8. Cohecho a servidores extranjeros
Las compañías incurren en cohecho de servidores públicos extranjeros, “cohecho internacional”, cuando ofrecen, prometen o entregan una dádiva a un funcionario público extranjero para obtener ventajas en una transacción comercial internacional, como la adjudicación de un contrato de construcción, una concesión de petróleo o gas o una licencia de operación (debate.com.mx).
9. Concusión
La concusión es un término legal que se refiere a un delito llamado exacción ilegal, es decir, cuando un funcionario público en uso de su cargo, exige o hace pagar a una persona una contribución, o también al cobrar más de lo que le corresponde por las funciones que realiza (Wikipedia).
10. Enriquecimiento ilícito
Comete el delito de Enriquecimiento ilícito penado por el Artículo 224 del Código Penal Federal quien con motivo de su cargo en el servicio público incurra en enriquecimiento ilícito; cuando el servidor público no pueda acreditar el legítimo aumento de su patrimonio a su nombre o de terceros; quien haga figurar como suyos bienes públicos. (mexico.justia.com).
11. Intimidación
La intimidación es hacer lo que otros quieren que hagas a través del miedo. La intimidación puede manifestarse como una manera de amenaza física, miradas amenazantes, manipulación emocional, abuso verbal, humillación intencional y/o verdadero maltrato físico. Wikipedia
12. Ejercicio abusivo de funciones
Comete el delito de ejercicio abusivo de funciones el servidor público que en el desempeño de su cargo otorgue indebidamente por sí o por interpósita persona, contratos, concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones; efectúe compras o ventas o realice cualquier acto jurídico que produzca beneficios económicos al propio servidor público o cualquier tercero con el que tenga vínculos afectivos, económicos o de dependencia administrativa (doctrina.vlex.com.mx).
13. Ejercicio Indebido en la Administración de la Justicia
Es delito contra la administración de justicia, castigados por el Artículo 225 del Código Penal Federal, conocer de negocios para los cuales tengan impedimento legal o abstenerse de conocer de los que les corresponda; desempeñar algún otro empleo oficial o un puesto o cargo particular que la ley les prohíba; litigar por sí o por interpósita persona, cuando la ley les prohíba el ejercicio de su profesión; retardar o entorpecer maliciosamente o por negligencia la administración de justicia; ejercitar acción penal cuando no preceda denuncia; detener a un individuo fuera de los casos señalados por la ley, o retenerlo por más tiempo del señalado en la Constitución; obligar al inculpado a declarar, usando la incomunicación, intimidación o tortura. (mexico.justia.com).
Fuente: Código Penal Federal, Título Décimo y Décimo Primero, 2015