Jorge Machuca Luna
Al final muchos buscan, a como dé lugar, obtener una rebanada del pastel publicitario, algo que prostituye el ejercicio del periodismo y hace que circule dinero bajo la mesa en efectivo que, aunque lo entregue un funcionario público al integrante de un medio informativo, no se sabe a ciencia cierta de dónde viene.
En Puebla, la inestabilidad social, económica y política de 2019, que implicó la existencia de una gubernatura interina y el llamado a elecciones extraordinarias, devino en un cambio del grupo en el poder, pero no una modificación de la relación turbia entre los medios y sus financiadores gubernamentales.
Al haberse reducido el presupuesto para publicidad oficial en 2019 y, a la par, terminado de tajo las relaciones de muchos medios con el morenovallismo, el grupo de José Antonio Gali y Martha Erika Alonso, muchos, en pos de garantizar su sobrevivencia, cambiaron de un año a otro sus líneas editoriales, lo que quedó evidenciado cuando al grupo político que en 2018 denostaron, fue al que aclamaron en los comicios extraordinarios un año después y posteriormente en el gobierno estatal.
De acuerdo con la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos (OEA), la asignación discrecional de publicidad oficial constituye un mecanismo de censura indirecta, ya que somete la línea editorial de los medios a los designios de quien discrecionalmente determina el monto y las condiciones del pago de la publicidad oficial, que no debe ser un canal de promoción de uno o varios funcionarios públicos, sino una herramienta que contribuya al beneficio social, a la vida democrática.
“Las campañas deben decidirse sobre la base de criterios de asignación claros, públicos y que hayan sido establecidos con anterioridad a la decisión publicitaria. Al momento de adjudicar la pauta, el Estado debería fundar por escrito y claramente cuáles fueron los parámetros utilizados, y la manera en que fueron aplicados”, refieren los principios de regulación de publicidad oficial de la OEA.
En el caso poblano, pese a la existencia de regulación nacional, es posible aplicar lo concluido por Fundar y Artículo 19: “las entidades federativas ejercen recursos millonarios por concepto de publicidad oficial de forma opaca, con alto nivel de discrecionalidad, llegando a extremos de arbitrariedad de forma injustificada, y que son gastos que tienden a aumentar cada año”.
A final de cuentas, la prostitución periodística en tiempos regulares o en campañas electorales es en realidad un atentado contra el derecho a saber de cualquier ser humano, y mientras no se corrija, además de aumentar la desinformación, los medios están dejando de cumplir con su responsabilidad social.
Parte de la construcción de una democracia radica en la información fidedigna que poseen los ciudadanos de manera previa a la toma de decisiones individuales y colectivas. El obstaculizar y el no propiciar que eso ocurra, constituye un atentado en contra del derecho a saber de cualquier persona. Se atenta contra un derecho humano cuando los medios desinforman e incumplen con su responsabilidad social al someter su labor a los designios de sus financiadores públicos, que de manera discrecional pueden premiar o castigar económicamente a esos medios si cumplen con su petición de ensalzar a los dirigentes de los grupos de poder, a la par de atacar o invisibilizar a sus detractores.
Son al menos dos instancias las responsables de frenar esto: el Estado y los propios medios. Si desde el Poder Legislativo no se regula el uso de publicidad oficial, se contribuirá a perpetuar el círculo vicioso alrededor de sumas millonarias de dinero que corren subrepticiamente, en especial en tiempos electorales, y que se traducen en la prostitución de las líneas editoriales de los medios informativos, de manera sutil o abierta.
Los medios deben, a través de códigos de ética o documentos análogos, transparentar ante sus audiencias los compromisos adquiridos con sus financiadores públicos y los montos recibidos, esto bajo la supervisión de organizaciones de la sociedad civil especializadas y moralmente solventes, como Artículo 19 o la Amedi, en conjunto con los órganos garantes de transparencia y los sistemas anticorrupción, para inhibir cualquier intento de presión o censura por parte de los financiadores públicos, así como cualquier incumplimiento a los contratos por parte de los medios.
La publicidad oficial no es mala en sí misma. Lo malo es la falta de reglas, la discrecionalidad y la opacidad en su asignación. Por ello se deben establecer normas transparentes y que impidan la discrecionalidad en la asignación y pago de la publicidad oficial desde cualquier instancia que maneje dinero público, teniendo siempre como objetivo final el lograr que todo ciudadano se haga de información útil para mejorar su calidad de vida.
En ese escenario, resulta pertinente la aplicación del esquema de gobierno abierto aplicado localmente a la contratación de publicidad oficial, en una iniciativa similar a la lanzada por el INAI en 2015, donde por medio de una herramienta digital en línea, se transparenten de manera desglosada las campañas, proveedores, tipo de servicio, contratos y montos.
Fragmento del capítulo “La cargada mediática, 2018-2019”, de Jorge Machuca Luna en Dinero Ilegal II, PCCI, 2020